JOVELLANOS Y LA CONSTITUCIÓN DE 1812

                                            LA JUNTA CENTRAL
La Junta Suprema Central y Gubernativa del Reino fue el órgano que acumuló los poderes ejecutivo y legislativo españoles durante la ocupación napoleónica de España. Se constituyó el 25 de septiembre de 1808 tras la victoria en la batalla de Bailén y después de que el Consejo de Castilla declarase nulas las abdicaciones de Bayona. Estuvo vigente hasta el 30 de enero de 1810.

Fue formada inicialmente por los representantes de las Juntas Provinciales, tuvo su sede en Aranjuez y estuvo presidida por el conde de Floridablanca, con 35 miembros en total. La misión de la Junta fue la de asumir el poder del Estado durante la ausencia del rey, Fernando VII.

Por Asturias participaron:
Gaspar Melchor de Jovellanos y
el marqués de Camposagrado

Ya desde sus comienzos, en la sesión que la Junta celebró el 7 de octubre de 1808, fue propuesta una convocatoria de Cortes que, según el decreto de 5 de mayo de Fernando VII, debía nombrar una regencia que albergara la soberanía del rey durante su ausencia. Esta proposición fue desestimada por un amplio sector de la misma.

En Sevilla, el 15 de abril de 1809, el diputado Lorenzo Calvo de Rozas elaboró una propuesta de "convocatoria de las Cortes y elaboración constitucional" que fue bastante bien acogida. Durante las siguientes semanas, la propuesta se convirtió en un Real Decreto, al que se le había adjuntado un pequeño manifiesto en el que se declaraban las intenciones que debían llevar los diputados de las  ya mencionadas Cortes Constitucionales
 Este Real Decreto, con fecha de 22 de mayo de 1809, proponía oficialmente la celebración de esta asamblea constituyente para el año 1810, además de la creación de una "Comisión de Cortes", presidida por JOVELLANOS, que prepararía las reformas necesarias para poder llevar a término las Cortes.

Cuando los regentes tomaron posesión de sus cargos, la Junta Central se disolvió y Jovellanos solicitó retirarse, pidiendo permiso para regresar a Asturias.
Embarcó en el bergantín Nuestra Señora de Covadonga junto al marqués de Camposagrado, partiendo de Cádiz el 26 de febrero de 1811.
Una tormenta impidió su desembarco en Asturias y el día 6 de marzo  llegaron al puerto de Muros (Galicia) .


                                           Las Cortes de Cádiz

El 24 de septiembre de 1810 tuvo lugar la primera sesión de las Cortes Generales y Extraordinarias que elaboraron la primera Constitución democrática de la historia de España.
Dichas Cortes estuvieron reunidas en la Isla de León desde el 24 de septiembre de 1810 hasta el 20 de febrero de 1811, fecha en la que se trasladaron al Oratorio de San Felipe Neri de la ciudad de Cádiz, que reunía mejores condiciones.
 Se promulgaron los decretos relativos a la Soberanía Nacional, la división de poderes, la igualdad y la legalidad o la libertad de imprenta. Todo ello sentaría las bases del Estado Democrático y de Derecho, así como el fin del Antiguo Régimen y el inicio de un nuevo tiempo para los súbditos peninsulares e hispanoamericanos. Estos decretos sirvieron como modelo y base de numerosas Constituciones europeas posteriores.
                                                
La tarea de las Cortes de Cádiz fue crear un cuerpo legislativo de carácter liberal sobre el que crear un nuevo orden social que acabara con la sociedad estamental que había caracterizado a España hasta ese momento.
El resultado de esta labor fue la Constitución de 1812, llamada «La Pepa» pues se promulgó el 19 de marzo, día de San José. Esta constitución fue el primer texto constitucional con el que contó España.

Figuras destacadas en la elaboración del texto fueron los diputados liberales Agustín Argüelles, Diego Muñoz Torrero y Pérez de Castro.

El Ateneo Jovellanos de Gijón en la programación del mes de marzo de 2012  incluyó un ciclo de conferencias sobre "El bicentenario de la Constitución de Cádiz".

El catedrático de la Universidad de Oviedo, Leopoldo Tolívar Alas, en  la conferencia que pronunció el 21 de marzo, recordó el destacado papel de algunos asturianos en la elaboración de esta Constitución:  Hasta ocho diputados asturianos estuvieron presentes en la elaboración del texto. Además «la sombra de Jovellanos, muerto un año antes, era muy alargada». La moralidad intachable del prócer queda manifiesta en el texto. Su preocupación por la patria, por la actualización del derecho o su humanidad en aspectos penales, judiciales o penitenciarios. «Es desde luego un referente para los más avanzados de los diputados de Cádiz», dijo. Entre los que Tolivar destacó a otro asturiano, Agustín Argüelles. «El concepto de nación como persona jurídica es de él», aseguró.

El rey Fernando VII, por el Decreto de Valencia de 4 de mayo de 1814 declaró nula la Constitución de 1812 así como todas las decisiones de las Cortes de Cádiz.